Rociero vota por correo. Tu voto cuenta, y este año MÁS QUE NUNCA.
Solicitud de voto por correo telemática
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.